Sancion a partidos por resolución del Tribunal Electoral

Que tal estimados lectores, sin duda polémica a sido la decisión del TEPJF (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación), al solicitar al Consejo General del IFE (CGIFE), aplique una sanción a los partidos Políticos que según la resolución son responsables de acuerdo a la ley electoral de garantizar o ser garantes y responsables por la actuación de sus militantes.

¿Significa esto que de alguna forma los partidos políticos son responsables de las actuaciones no consensadas de sus militantes?. Lamentablemente si, pero me viene una duda a la cabeza. ¿Esto a final de cuentas no restringe o coarta la libertad de expresión consagrada en la constitución?, a todas luces la respuesta parece afirmativa, pero en el contexto legal encuentra un cariz distinto, pues sin duda los hechos que tuvieron lugar en el caso que el TEPJF resolvió involucran por una parte al CCE (Consejo Coordinador Empresarial) a los partidos políticos PAN, PRI y PVEM, los cuales sin duda según el análisis de este alto Tribunal Electoral incumplieron con el deber de garante y ¿que es el deber de garante?, pues se refiere a la responsabilidad que tienen los partidos políticos de vigilar y garantizar la conducta de sus militantes para que esta se desenvuelva en concordancia de los principios democráticos y de libertad que exige el Estado Democrático.

Y se preguntaran donde alcanza esta responsabilidad a los partidos políticos, respecto de la actuación delCCE al difundir spots pubiclitarios que criticaban la propuesta de política económica del entonces candidato a la presidencia de la republica  de la coalición “Por el Bien de Todos” durante los comicios del 2006. Pues esta responsabilidad radica en la sencilla premisa de la ley electoral que no solo le atribuye la calidad de garante a los partidos políticos respecto de sus militantes, sino incluso de terceros cuya conductapueda atentar contra la actividad paritidista o la vida democrática de los mismos, por lo que sin duda el que elCCE haya difundido estos spots y en consecuencia estos hayan dañado la actividad y los objetivos de la entonces coalición “Por el Bien de Todos”, hace  evidente para este tribunal la responsabilidad ante la ley electoral de los partidos políticos ya que estos se vierón beneficiados por la campaña promovida por el CCE, en detrimento dela propuesta economica  promovida por el candidato de la coalición “Por el Bien de Todos”, siendo pues su responsabilidad el denunciar estos actos, fuesen o no realizados por sus militantes.

Es entonces que seconfigura la sanción por faltar al deber de garante de los partidos, asi que desde el punto devista legal, podemos tener otra visión de este fenómeno.

Sea pues la intención demostrar la arista legal de una formamenos técnica y mas asequible para los lectores que se interesan por estos temas.

Un saludo a los lectores, espero sus comentarios y sugerencias.

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